NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2395

Artículo 2395 — El fiador tendrá accion contra el deudor principal, para el reembolso de lo que haya…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2395. El fiador tendrá accion contra el deudor principal, para el reembolso de lo que haya pagado por él, con intereses i gastos, aunque la fianza haya sido ignorada del deudor.

Tendrá también derecho a indemnización de perjuicios, según las reglas generales.

Pero no podrá pedir el reembolso de gastos inconsiderados, ni de los que haya sufrido antes de notificar al deudor principal la demanda intentada contra dicho fiador.