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Artículo 266 — Los derechos concedídos a los padres(Texto declarado inexequible: legítimos) en los…

Ley 84 de 1873
Modificado

Texto oficial

Artículo 266. Los derechos concedídos a los padres(Texto declarado inexequible: legítimos) en los artículos precedentes, no podrán reclamarse sobre el hijo que haya sido llevado por ellos a la Casa de Espósitos, o abandonado de otra manera.

JURISPRUDENCIA (1)Declarada inexequible la expresión ... (legítimos ) Sentencia de la Corte Constitucional C-043 de 2018
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art. 266. Los derechos concedídos a los padres lejítimos en los artículos precedentes, no podrán reclamarse sobre el hijo que haya sido llevado por ellos a la Casa de Espósitos, o abandonado de otra manera.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 15/05/2018