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Artículo 319 — Artículo 319: Derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887. TEXTO CORRESPONDIENTE A…

Ley 84 de 1873
Derogado

Texto oficial

Artículo 319: Derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 65 LEY 153 de 1887
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art 319. El hijo que no ha sido reconocido voluntariamente con las formalidades legales, podrá pedir que su padre o madre le reconozcaVigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 23/08/1887