Artículo 470 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009
Ley 84 de 1873
Derogado
Texto oficial
Artículo 470. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art. 470. Si el tutor o curador probare que los bienes son demasiado exiguos para soportar el gasto de la confección de inventario, podrá el Juez o Prefecto, oídos los parientes del pupilo, i el defensor de menores, remitir la obligación de inventariar solemnemente dichos bienes i exigir solo un apunte privado, bajo las firmas del tutor o curador, i de tres de los más cercanos parientes, mayores de edad, o de otras personas respetables, a falta de éstos.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 04/06/2009