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Artículo 59 — Derogado TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 30 LEY 45 de 1936

Ley 84 de 1873
Derogado

Texto oficial

Artículo 59. Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 30 LEY 45 de 1936
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art. 59. La consanguinidad, respecto de los hijos incestuosos comprende la lejítima y la ilejítima.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 04/03/1936