NormasLey 9 de 1989 › Artículo 125

Artículo 125 — Toda referencia en la presente ley y en el Decreto-ley 1333 de 1986 a los municipios…

Ley 9 de 1989
Vigente

Texto oficial

ARTICULO 125. Toda referencia en la presente ley y en el Decreto-ley 1333 de 1986 a los municipios incluirá al Distrito Especial de Bogotá y a la Intendencia de San Andrés y Providencia, salvo en aquello para lo cual éstos tengan un régimen especial.