Artículo 2.1.1.1.1.3.1.5.1. Derogado
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Derogado Artículo 23 DECRETO 1533 de 2019LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.1.1.1.1.3.1.5.1. Convocatorias. Concluido el procedimiento de calificación y ordenación de los planes de soluciones de vivienda, mediante acto administrativo, el Fondo Nacional de Vivienda efectuará las convocatorias para la asignación de los subsidios, con indicación de los planes para cada concurso respecto de los cuales es procedente la presentación de postulaciones por parte de los hogares. Cumplido lo anterior, el Fondo Nacional de Vivienda calificará todas las postulaciones individuales presentadas por los hogares para cada uno de los planes de los respectivos concursos y las ordenará secuencialmente en listas municipales, de conformidad con el procedimiento establecido en la presente sección.(Decreto 2190 de 2009, artículo 22).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 25/08/2019