Artículo 2.1.1.1.1.3.3.2.1. Modalidad de la postulación. La postulación de los hogares al subsidio familiar de vivienda y su asignación se hace de manera individual.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Modificado Artículo 8 DECRETO 1533 de 2019LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.1.1.1.1.3.3.2.1. Modalidades de la postulación. La postulación de los hogares al subsidio familiar de vivienda y su asignación es individual. No obstante lo anterior, y solo para efectos de facilitar la presentación de las postulaciones e incentivar la oferta de planes de soluciones de vivienda, estas podrán gestionarse y presentarse por un número plural de hogares que no podrá ser inferior a cinco (5).(Decreto 2190 de 2009, artículo 35).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 25/08/2019