NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.1.1.1.1.3.3.4.2

Artículo 2.1.1.1.1.3.3.4.2 — 1.1.1.1.3.3.4.2. Lugar de postulación . Para los subsidios otorgados por el Fondo…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.1.1.1.3.3.4.2. Lugar de postulación . Para los subsidios otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda las postulaciones deberán realizarse en el departamento en donde se aplicará el subsidio. Los hogares afiliados a Cajas de Compensación Familiar deberán realizar la postulación en la Caja a la cual se encuentren afiliados.

(Decreto 2190 de 2009, artículo 41).

SUBSECCIÓN 4

CALIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS

SUB-SUBSECCIÓN 1

CALIFICACIÓN DE POSTULANTES