NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.1.1.1.1.4.2.3

Artículo 2.1.1.1.1.4.2.3 — 1.1.1.1.4.2.3. Procedimiento general de asignación de subsidios . Surtido el proceso de…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.1.1.1.4.2.3. Procedimiento general de asignación de subsidios . Surtido el proceso de calificación de las postulaciones aceptables y configurados los listados de que trata el artículo 2.1.1.1.1.4.1.4 de esta sección, la entidad otorgante del caso efectuará la asignación de los subsidios, mediante la aplicación de los recursos disponibles a los postulantes que les corresponda, de acuerdo con el orden secuencial de las listas de postulantes calificados. La asignación incluirá las postulaciones correspondientes a las mejores calificaciones, hasta completar el total de los recursos disponibles para cada entidad otorgante, sin perjuicio, en el caso de las Cajas de Compensación Familiar, de lo establecido en el artículo 2.1.1.1.1.6.1.8 de la presente sección.

Parágrafo 1 °. La asignación que efectúen las Cajas de Compensación Familiar deberá hacerse constar en el documento que cumpla con las condiciones que para tales efectos defina la Superintendencia de Subsidio Familiar.

Parágrafo 2 °. El subsidio asignado por las Cajas de Compensación Familiar en los términos aquí previstos podrá ser aplicado en cualquier municipio del país.

(Decreto 2190 de 2009, artículo 49).