NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.1.1.1.1.7.6

Artículo 2.1.1.1.1.7.6 — 1.1.1.1.7.6. Información de beneficiarios del subsidio. Una vez se publique la asignación…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.1.1.1.7.6. Información de beneficiarios del subsidio. Una vez se publique la asignación de subsidios por parte de las entidades otorgantes, estas reportarán tal información al sistema en los plazos y condiciones que defina el operador del mismo.

(Decreto 2190 de 2009, artículo 88).