Texto oficial
Artículo 2.1.1.1.1.7.5. El registro de postulantes en el Sistema de Información del Subsidio . Las entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social reportarán al operador del Sistema de Información del Subsidio, los registros de los postulantes que cumplan con las condiciones establecidas en la presente sección para ser beneficiarios del subsidio. Igualmente, reportará la calificación obtenida por dichos postulantes.
(Decreto 2190 de 2009, artículo 87).