NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.1.1.2.1.4.5

Artículo 2.1.1.2.1.4.5 — 1.1.2.1.4.5. Condiciones de transferencia de las viviendas. Las condiciones de…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.1.2.1.4.5. Condiciones de transferencia de las viviendas. Las condiciones de transferencia, entrega y/o legalización de los subsidios familiares de vivienda en especie asignados a los beneficiarios serán definidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

(Decreto 1921 de 2012, artículo 21).