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Artículo 2.1.1.7.3 — 1.1.7.3. Operación del Programa . Para la ejecución de las intervenciones de que trata…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.1.1.7.3. Operación del Programa . Para la ejecución de las intervenciones de que trata este capítulo, Fonvivienda podrá celebrar, en condición de fideicomitente, un contrato de fiducia mercantil o podrá utilizar cualquiera de los ya existentes, para que en estos patrimonios autónomos se administren los recursos del subsidio, así como podrá celebrar convenios, contratos y/o cualquier negocio jurídico a través del cual podrá contratarse a la entidad encargada de la asistencia técnica, operación del programa, supervisión.

Los procesos operativos de asistencia técnica podrán desarrollarse en cualquiera de las modalidades de SFV de mejoramiento y podrán contratarse acorde a los lineamientos que se definan por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o Fonvivienda.

Parágrafo. La asistencia técnica se podrá contratar sin perjuicio del apoyo que preste el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en el ámbito de sus funciones acorde a lo previsto en el Decreto ley 3571 de 2011 y el artículo 14 de Decreto 555 de 2003.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Modificado Artículo 6 DECRETO 413 de 2025
LEGISLACIÓN ANTERIOR (1)Artículo 2.1.1.7.3. Operación del Programa. Para la ejecución de las intervenciones de que trata este capítulo, Fonvivienda celebrará en condición de fideicomitente, un contrato de fiducia mercantil para que el patrimonio autónomo que se constituya administre los recursos del subsidio, y a través del cual podrá contratarse a la entidad encargada de la asistencia técnica y operación del programa. Las condiciones de postulación de beneficiarios, asignación del subsidio, participación de entidades territoriales y operación del programa, serán definidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio mediante acto administrativo.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Adicionado Artículo 1 DECRETO 867 de 2019Vigente desde: 17/05/2019 y hasta el: 04/04/2025