Texto oficial
Artículo 2.1.10.1.1.1.1. Formulación y ejecución de la política pública de vivienda rural . La formulación y ejecución de la política pública de vivienda rural y el diseño del plan para la efectiva implementación de la política de vivienda rural estará a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Esta política pública se formulará y ejecutará con la finalidad de coordinar y liderar la ejecución de los proyectos de vivienda y mejoramientos de vivienda encaminados a mejorar las condiciones de bienestar de la población ubicada en suelo rural y disminuir el déficit habitacional rural.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio definirá mediante resolución los criterios de distribución de los recursos del presupuesto General de la Nación asignados al Fondo Nacional de Vivienda, (Fonvivienda), o la entidad que haga sus veces, y los que se obtengan de otras fuentes con este mismo destino. En su proceso de priorización, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tendrá en cuenta la población ubicada en las zonas con programas de desarrollo con Enfoque Territorial, (PDET), y los municipios donde opere el programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, además de los grupos poblacionales de víctimas que hacen parte del Registro Único de Víctimas y la población en proceso de reincorporación.
De la misma manera, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio definirá los aspectos referentes al proceso de operación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural asignado por las entidades oferentes, incluyendo entes territoriales y Cajas de Compensación Familiar.