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Artículo 2.1.13.4.6 — 1.13.4.6. Postulación de hogares . La postulación de los hogares estará a cargo de la…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.1.13.4.6. Postulación de hogares . La postulación de los hogares estará a cargo de la organización y/o comunidad legalmente constituida, quien será la encargada de recopilar la información de los hogares postulados y de realizar el cargue de la misma en la plataforma habilitada por Fonvivienda para tal fin.

Parágrafo. Excepcionalmente, la postulación de los hogares estará a cargo de las Entidades Territoriales, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 2.1.13.4.4.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 585 de 2025