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Artículo 2.2.2.1.2.2 — 2.2.1.2.2. Vigencia del plan de ordenamiento territorial. La vigencia del Plan de…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.2.1.2.2. Vigencia del plan de ordenamiento territorial. La vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) se establecerá de acuerdo con lo señalado en el artículo 28 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 120 del Decreto Ley 2106 de 2019, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.

Parágrafo. El anterior término corresponde al cumplimiento de la vigencia de largo plazo del plan de ordenamiento territorial, durante tres períodos constitucionales completos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Modificado Artículo 2 DECRETO 1232 de 2020
LEGISLACIÓN ANTERIOR (6)Artículo 2.2.2.1.2.2. Componentes de los planes de ordenamiento territorial. Los planes de ordenamiento territorial deberán contemplar tres componentes:1. El componente general, constituido por los objetivos, estrategias y contenidos estructurales de largo plazo.2. El componente urbano, constituido por las políticas, acciones, programas y normas para encauzar y administrar el desarrollo físico urbano.3. El componente rural, el cual estará constituido por las políticas, acciones, programas y normas para orientar y garantizar la adecuada interacción entre los asentamientos rurales y la cabecera municipal, así como la conveniente utilización del suelo.(Decreto 879 de 1998, artículo 6°)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 13/09/2020