Texto oficial
Artículo 2.2.4.4.2.5. Modificación del Plan de Gestión del Hábitat . El Plan de Gestión del Hábitat es propio de cada comunidad y está articulado a los planes de desarrollo, y podrá ser modificado por iniciativa del alcalde, habiéndose surtido un proceso que considere procesos participativos, teniendo en cuenta las organizaciones sociales y las instancias o autoridades a cuyo cargo se encuentren los asuntos objeto del ajuste.