NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.2.6.1.4.12

Artículo 2.2.6.1.4.12 — 2.6.1.4.12 Régimen de transición para la expedición de licencias, reconocimiento de…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.6.1.4.12 Régimen de transición para la expedición de licencias, reconocimiento de edificaciones y otras actuaciones . Las solicitudes de licencias, reconocimiento de edificaciones, otras actuaciones asociadas a la Licencia y prórrogas que hubieren sido radicadas en legal y debida forma antes del 3 de mayo de 2010, continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes al momento de su radicación.

(Decreto 1469 de 2010, artículo 135)