Texto oficial
Artículo 2.2.6.1.4.13 Trámite de licencias por parte de las oficinas municipales encargadas de expedir licencias . Las entidades municipales o distritales encargadas de estudiar, tramitar y expedir licencias, deberán sujetarse en un todo a la reglamentación que establece la Ley 388 de 1997, el presente decreto y las normas que lo adicionen, sustituyan o modifiquen.
(Decreto 1469 de 2010, artículo 137)
SECCIÓN 5
CONDICIONES ESPECIALES PARA LA AUTORIZACIÓN Y LA EJECUCIÓN DE LAS INTERVENCIONES QUE SEAN OBJETO DE SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA EN LAS MODALIDADES DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA, VIVIENDA PROGRESIVA O CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO
(Adicionada por el Artículo 1° del Decreto 1166 de 2025)
SUBSECCIÓN 1
GENERALIDADES