Texto oficial
Artículo 2.2.6.1.5.1.1. Objeto. La presente sección tiene como objeto establecer las condiciones especiales para la autorización y la ejecución de las intervenciones y la verificación del cumplimiento de las normas técnicas de construcción y urbanísticas que resulten aplicables en las modalidades del Subsidio Familiar de Vivienda, para mejoramiento de vivienda, vivienda progresiva o construcción en sitio propio, programas que operan a través de la asignación de subsidios, mediante soluciones individuales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 301 de la Ley 2294 de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
También aplicará para la construcción de vivienda de interés social y prioritario a través de la modalidad de autoconstrucción del programa de Autogestión que para el efecto expida el Gobierno nacional.