Texto oficial
Artículo 2.3.1.3.2.4.19. Mantenimiento de las redes públicas . La entidad prestadora de los servicios públicos está en la obligación de hacer el mantenimiento y reparación de las redes públicas de acueducto y alcantarillado. Así mismo deberá contar con un archivo referente a la fecha de construcción de las redes, especificaciones técnicas y demás información necesaria para el mantenimiento y reposición de la misma.
(Decreto 302 de 2000, artículo 22).
SUBSECCION 5
CAUSALES DE SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS