Texto oficial
Artículo 2.3.2.2.2.3.49. Monitoreo de la actividad de recolección de residuos sólidos . Las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en ciudades de más de un millón de habitantes deberán implementar sistemas de monitoreo, tales como:
1. Georreferenciación de las microrrutas de recolección y transporte.
2. Posición geográfica de los vehículos (GPS).
3. Monitoreo de tiempos y movimientos de los vehículos recolectores.
(Decreto 2981 de 2013, artículo 50).