Texto oficial
Artículo 2.3.2.2.2.7.75. Obligación de las entidades territoriales. Los municipios o distritos deberán definir las áreas donde es posible la localización y el funcionamiento de estaciones de transferencia de residuos sólidos de conformidad con los usos del suelo previstos en las normas de ordenamiento territorial.
(Decreto 2981 de 2013, artículo 76).