Texto oficial
Artículo 2.3.2.2.4.1.104. Relaciones con la comunidad . La persona prestadora deberá desarrollar programas orientados a establecer y fortalecer relaciones con los usuarios del servicio en el marco del Programa de Prestación del Servicio.
Estos programas deberán atender los siguientes objetivos:
1. Suministrar información a los usuarios acerca de los horarios, frecuencias, normas y características generales de la prestación del servicio.
2. Promover actividades de capacitación a la comunidad sobre el uso eficiente del servicio, y sobre la cultura de la no basura de acuerdo con lo establecido en el PGIRS.
(Decreto 2981 de 2013. artículo 105).
SUBSECCIÓN 2
RELACIONES ENTRE LOS USUARIOS Y LA PERSONA PRESTADORA DEL SERVICIO