Artículo 2.3.2.5.2.1.4. Modificado por el artículo 3° del Decreto 1381 de 2024.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (1)
Artículo 2.3.2.5.2.1.4. Aprovechamiento en los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). En aquellos casos en que el aprovechamiento resulte viable, de acuerdo con los estudios y evaluaciones del PGIRS, el ente territorial tendrá la obligación de contar con los recursos para los proyectos que se establezcan en los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS).TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)
Adicionado Artículo 1 DECRETO 596 de 2016Vigente desde: 11/04/2016 y hasta el: 13/11/2024