Texto oficial
Artículo 2.3.2.6.4. Finalidad del Ordenamiento Territorial en la actividad de tratamiento . Con el fin de implementar la actividad de tratamiento, el ordenamiento territorial promoverá el establecimiento de regiones de planeación y gestión de residuos sólidos como marco de las relaciones geográficas, económicas y funcionales para el aseguramiento de su prestación.