NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.2.7.5

Artículo 2.3.2.7.5 — 3.2.7.5. Facturación del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.2.7.5. Facturación del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos (IAT). La facturación del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos (IAT) al suscriptor o usuario del servicio público de aseo será responsabilidad de la persona prestadora de la actividad de· recolección y transporte de residuos no aprovechables.

Parágrafo. Para el efecto, en el momento de liquidación de la tarifa final al suscriptor o usuario, el Valor del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos, será adicionado al costo de disposición final en relleno sanitario calculado de conformidad con la metodología tarifaria vigente adoptada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Sustituido Artículo 1 DECRETO 802 de 2022
LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Artículo 2.3.2.7.5. Cuenta del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos (IAT). Para efectos de garantizar la destinación específica de los recursos provenientes del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos (IAT) y sus rendimientos financieros, los municipios y distritos deberán disponer de una cuenta de ahorros o corriente en donde se reciban exclusivamente dichas sumas, con el fin de garantizar su manejo financiero, presupuestal y registro contable.Parágrafo 1°. La cuenta a la que hace referencia el presente artículo deberá aperturarse en una entidad financiera debidamente vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.Parágrafo 2°. Para el desarrollo del objetivo del presente artículo se deberá cumplir cabalmente con el registro contable y presupuestal de los ingresos y gastos a su cargo, velar por la conservación y mantenimiento de los recursos asignados y ordenar los pagos necesarios, acorde con las decisiones que para el efecto adopte el Comité del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos (IAT) de que trata el artículo 2.3.2.7.7 de este capítulo.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Adicionado Artículo 1 DECRETO 2412 de 2018Vigente desde: 01/08/2019 y hasta el: 15/05/2022