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Artículo 2.3.2.8.3.4 — 3.2.8.3.4. Funciones del Comité Técnico Intersectorial . Et Comité Técnico intersectorial…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.2.8.3.4. Funciones del Comité Técnico Intersectorial . Et Comité Técnico intersectorial del Programa Basura Cero tendrá las siguientes funciones:

1. Formular y actualizar el plan de acción del Programa Basura Cero en los térmi­nos definidos en el artículo 2.3.2.8.3.9 del presente decreto.

2. Fortalecer la articulación y coordinación entre los agentes públicos y privados que tengan responsabilidades en la implementación del plan de acción del Pro­grama Basura Cero.

3. Realizar seguimiento y elaborar los informes sobre el cumplimiento de acciones, metas e indicadores del plan de acción del Programa Basura Cero.

4. Definir mecanismos para promover la movilización y articulación de acciones, que se desarrollen bajo el marco de los Pactos Territoriales por Basura Cero, en el ámbito territorial y local, en coordinación con las entidades territoriales.

5. Identificar e impulsar posibles fuentes de financiación para garantizar la inver­sión y sostenibilidad de los proyectos e iniciativas del plan de acción.

6. Apoyar, acorde con las competencias de los miembros y en el marco del plan de acción del Programa Basura Cero, el fortalecimiento técnico de las entidades territoriales, de las comunidades organizadas, organizaciones de recicladores de oficio, personas prestadoras de servicios públicos y demás actores que se estimen pertinentes, para la implementación del programa en sus territorios.

7. Articular esfuerzos interinstitucionales tendientes a fortalecer la gestión y ca­pacidad operativa de las organizaciones de recicladores de oficio y a reducir la vulnerabilidad socioeconómica de la población recicladora y de sus familias.

8. Promover la investigación, el intercambio de experiencias y la innovación tecno­lógica para la gestión integral de residuos, mediante el impulso de alianzas entre la academia, entidades públicas, sector productivo y demás actores relacionados con dicha gestión.

9. Proponer desarrollos y/o ajustes normativos y de política sectorial específicas para facilitar la implementación de las estrategias del Programa Basura Cero.

10. Crear las mesas técnicas que se estimen convenientes para tratar temas específi­cos relacionados con los objetivos y estrategias del Programa Basura Cero.

11. Definir su reglamento interno, estipulando las condiciones básicas para su fun­cionamiento y para el desarrollo de sus sesiones.

12. Las demás funciones que sea propias de la naturaleza y objeto del Comité Técni­co Intersectorial.

Parágrafo . Las funciones se desarrollarán acorde con las competencias de las entidades que hacen parte del Comité.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 670 de 2025