NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.3.1.6.18

Artículo 2.3.3.1.6.18 — 3.3.1.6.18. Subrogado por Articulo 1 del Decreto 1425 de 2019 que modifica la numeración…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.3.1.6.18. Subrogado por Articulo 1 del Decreto 1425 de 2019 que modifica la numeración y contenido del Titulo 3 Capitulo 1 Sección 6.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Subrogado Artículo 1 DECRETO 1425 de 2019
LEGISLACIÓN ANTERIOR (6)Artículo 2.3.3.1.6.18. Instrumento para el manejo de los recursos . Es el mecanismo para el desarrollo e implementación de la estrategia de financiación de cada PAP-PDA. Los departamentos podrán celebrar negocios fiduciarios con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico, mediante la celebración, suscripción o adhesión de un contrato previamente celebrado para el desarrollo, ejecución y financiamiento de los PAP-PDA.El Instrumento para el Manejo de los Recursos que se constituya tendrá como objetivos, entre otros:1. Ser el mecanismo financiero para la administración y pago de los recursos del PAP-PDA.2. Apoyar la implementación del plan financiero.(Decreto 2246 de 2012, artículo 18).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 05/08/2019