Texto oficial
Artículo 2.3.3.2.1.4. Quórum deliberatorio y decisorio . Solo serán válidas las sesiones del Comité Técnico de Proyectos donde se cuente por lo menos con las tres cuartas partes de los miembros permanentes. En cualquier caso para la toma de decisiones se aplicará la regla de mayoría simple.
(Decreto 0475 de 2015, artículo 4).