ARTÍCULO 2.3.4.4.2. Ámbito de aplicación. El presente capítulo aplica a los programas de conexiones intradomiciliarias de agua potable y saneamiento básico en el área urbana y/o centros poblados rurales de los municipios, que se financien con recursos de la Nación y/o entidades territoriales, en lo que les sea aplicable."
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Modificado Artículo 2 DECRETO 1275 de 2021LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.3.4.4.2. Ámbito de aplicación . El presente capítulo aplica a los programas de conexiones intradomiciliarias de agua potable y saneamiento básico en el área urbana y rural nucleada de los municipios, que se financien con recursos de la Nación –MVCT, y/o de las entidades territoriales, en lo que les sea aplicable.(Decreto 1350 de 2012, artículo 2).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/10/2021