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Artículo 2.3.4.4.3 — "ARTÍCULO 2.3.4.4.3 . Definiciones. Para efectos de la aplicación del presente capítulo…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

"ARTÍCULO 2.3.4.4.3 . Definiciones. Para efectos de la aplicación del presente capítulo se definen los siguientes conceptos:

1. Conexión intradomiciliaria de acueducto. Conjunto de tuberías, accesorios, equipos y aparatos que integran el sistema hidráulico del inmueble a partir del medidor.

2. Conexión intradomiciliaria de alcantarillado. Conjunto de tuberías, accesorios, equipos y aparatos instalados en un inmueble que integran el sistema de evacuación y ventilación de las aguas residuales hasta la caja de inspección final.

3. Inmueble potencial beneficiario del Programa de Conexiones lntradomiciliarias -PCI. Inmueble tipo residencial que cumple con los criterios de focalización del programa de conexiones intradomicilíarias."

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Modificado Artículo 3 DECRETO 1275 de 2021
LEGISLACIÓN ANTERIOR (5)Artículo 2.3.4.4.3. Definiciones . Para efectos de la aplicación del presente capítulo se definen los siguientes conceptos:1 . Conexión intradomiciliaria de acueducto . Conjunto de tuberías, accesorios, equipos y aparatos que integran el sistema hidráulico del inmueble a partir del medidor, para el suministro de agua potable.2. Conexión intradomiciliaria de aguas residuales . Conjunto de tuberías, accesorios, equipos y aparatos instalados en un inmueble que integran el sistema de evacuación y ventilación de las aguas residuales hasta la caja de inspección final.(Decreto 1350 de 2012, artículo 3).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/10/2021