Texto oficial
Artículo 2.3.8.3.6. Mecanismo especial de apoyo para la inversión y sostenibilidad de sistemas de aprovisionamiento. El mecanismo especial de apoyo para la inversión y sostenibilidad de sistemas de aprovisionamiento, en adelante “mecanismo especial de apoyo”, es el arreglo institucional y financiero que permite la transferencia de recursos de la Nación a los GC que administran sistemas de aprovisionamiento, con el fin de que puedan cubrir costos asociados a la sostenibilidad y ejecutar proyectos para la construcción, ampliación, optimización, reconstrucción, rehabilitación o gestión del riesgo de sus infraestructuras. En el marco de estos proyectos, se podrán financiar equipos, accesorios, materiales, repuestos y costos relacionados con el arranque y puesta en marcha.
Para la materialización del mecanismo especial de apoyo, el MVCT establecerá estrategias encaminadas a garantizar su implementación y podrá suscribir convenios solidarios con los GC y convenios interadministrativos con terceros.
Parágrafo 1°. La asignación de los recursos para el mecanismo especial de apoyo se realizará de acuerdo con la disponibilidad del Marco de Gasto de Mediano Plazo. En ningún caso, los recursos financieros asociados al mecanismo especial de apoyo serán transferidos directamente a quienes sean beneficiarios de los GC.
Parágrafo 2°. Dentro de los doce (12) meses siguientes a la expedición del presente decreto, el MVCT, mediante resolución, definirá, entre otros aspectos, los criterios de priorización, condiciones y procedimientos que deben seguir los GC para acceder al mecanismo especial de apoyo