NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.8.4.5

Artículo 2.3.8.4.5 — 3.8.4.5. Incorporación de las disposiciones de la PGCASB en instrumentos territoriales de…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.3.8.4.5. Incorporación de las disposiciones de la PGCASB en instrumentos territoriales de planificación. Las entidades territoriales considerarán la incorporación en sus instrumentos de planificación las medidas y acciones pertinentes para contribuir en la implementación de la política de GCASB.

Los Planes de Desarrollo Municipal y Departamental considerarán la inclusión de la GCASB y, en tal virtud, incorporarán metas y recursos específicos en esta materia, asegurando la participación incidente de los GC.