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Artículo 2.3.8.4.7 — 3.8.4.7. Ajustes normativos para incorporar la GCASB en los instrumentos sectoriales…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.3.8.4.7. Ajustes normativos para incorporar la GCASB en los instrumentos sectoriales. Dentro de los doce (12) meses siguientes a la expedición del presente decreto, el MVCT, la CRA y la SSPD deberán realizar los ajustes reglamentarios a los instrumentos de su competencia, necesarios para la implementación de esta política. En lo que se refiere al MVCT, los ajustes reglamentarios se realizarán sobre los sistemas de información, el reglamento técnico del sector, los instrumentos que reglamenten los mecanismos de evaluación y viabilización de proyectos de agua y el saneamiento básico, lo relativo al subsidio comunitario, la Mesa de GCASB, el Mecanismo especial de apoyo, el Plan de Gestión, entre otros.

Título 9

Proyectos y Programas de agua potable y saneamiento básico cuyos recursos serán administrados y ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda)

Capítulo 1

Recursos en materia de agua potable y saneamiento básico administrados por el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda)