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Artículo 2.2.1.2.1.3.9 — 2.1.2.1.3.9. Partes que intervienen en el concurso de arquitectura . En el proceso de…

Decreto 1082 de 2015
Vigente 2 conceptos de CCE interpretan este artículo

Texto oficial

Artículo 2.2.1.2.1.3.9. Partes que intervienen en el concurso de arquitectura . En el proceso de selección del concurso de arquitectura intervienen cuatro (4) partes a saber:

1. La Entidad Estatal promotora. Es el organismo interesado en adelantar el proceso de selección mediante el concurso arquitectónico.

2. El organismo asesor. Es el ente idóneo en la materia de arquitectura que organiza y diseña los aspectos técnicos del concurso de arquitectura y, actúa como coordinador entre la Entidad Estatal promotora y el jurado calificador, y entre estos con los proponentes.

3. El jurado calificador. Es el cuerpo independiente que estudia, califica y recomienda la propuesta más idónea y favorable que se ajusta a las bases del concurso de arquitectura.

4. Los proponentes. Son las personas naturales o jurídicas, uniones temporales o consorcios definidos en el artículo 7° de la Ley 80 de 93, inscritas en el concurso de arquitectura que presenten sus propuestas de acuerdo con las bases del concurso.

(Decreto 2326 de 1995, artículo 2°)

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2 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 2.2.1.2.1.3.9 de la Decreto 1082 de 2015. Los más relevantes:

  • C-503 de 2020 C-503 de 2020
    18 de agosto de 2020
  • C-689 de 2025 C-689 de 2025
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