Texto oficial
Artículo 2.2.1.2.4.2.7.2. Herramientas de planeación para procesos de contratación inclusivos . En el marco de la planeación contractual, las Entidades Estatales deberán adoptar medidas que faciliten la participación de emprendimientos y empresas de personas con discapacidad, mediante las siguientes herramientas:
1. Desarrollar Ferias de Negocios Inclusivas con el propósito de identificar emprendimientos y empresas de personas con discapacidad que ofrezcan los bienes, obras y/o servicios requeridos.
2. Incluir criterios sociales en los Pliegos de Condiciones, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.2.1.1.2.2.2., sin perjuicio de lo contemplado en el artículo 2.2.1.2.4.2.7.4., del presente decreto.
3. Dividir en lotes o segmentos los Procesos de Contratación, de forma que se facilite la participación de emprendimientos y empresas de personas con discapacidad, de conformidad con la normativa vigente.
Parágrafo. Para el efecto, la incorporación de las medidas previstas en este artículo deberá estar soportada en una planeación precontractual responsable, con estudios y documentos previos debidamente justificados, que aseguren la adecuada estructuración del proceso de contratación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 y en el Decreto número 1082 de 2015.