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Artículo 2.2.10.1.5 — 2.10.1.5 . Excepciones. Los anteriores reajustes no aplican para predios del Distrito…

Decreto 1082 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.10.1.5 . Excepciones. Los anteriores reajustes no aplican para predios del Distrito Capital de Bogotá de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley 601 de 2000, ni para los correspondientes a los catastros descentralizados, los cuales pueden decidir calcular un Índice de Valoración Predial (IVP) diferencial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la Ley 1607 de 2012.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (1)Artículo 2.2.10.1.5. Excepciones. Los reajustes de que trata el presente capítulo no aplicarán para predios del Distrito Capital de Bogotá, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 601 de 2000, ni para los correspondientes a los catastros descentralizados, los cuales pueden decidir calcular un Índice de Valoración Predial (IVP) diferencial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la Ley 1607 de 2012.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)Sustituido Artículo 1 DECRETO 1480 de 2025Vigente desde: 01/01/2025 y hasta el: 31/12/2025Artículo 2.2.10.1.5. Excepciones. Los reajustes de que trata el presente capítulo no aplicarán para predios del Distrito Capital de Bogotá, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 601 de 2000, ni para los correspondientes a los catastros descentralizados, los cuales pueden decidir calcular un Índice de Valoración Predial (IVP) diferencial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la Ley 1607 de 2012.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Sustituido Artículo 1.- DECRETO 1609 de 2024Vigente desde: 01/01/2024 y hasta el: 31/12/2024