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Artículo 2.2.14.2.2.1.2 — 2.14.2.2.1.2 . Definición de metas. La definición de metas físicas para el cumplimiento…

Decreto 1082 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.14.2.2.1.2 . Definición de metas. La definición de metas físicas para el cumplimiento de los indicadores del PMI, así como de los indicadores de otros instrumentos para la implementación del Acuerdo Final, será realizada por cada una de las entidades del orden nacional, según su responsabilidad, bajo la coordinación de las respectivas oficinas asesoras de planeación, o quien haga sus veces y el acompañamiento del Departamento Nacional de Planeación.

Las metas se revisarán por lo menos cada periodo de gobierno, considerando los respectivos Planes Nacionales de Desarrollo y los Planes Nacionales Sectoriales, manteniendo el horizonte temporal de la implementación del Acuerdo Final y preservando la coherencia con los objetivos definidos en el Acuerdo y en el marco estratégico del PMI

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 1778 de 2020