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Artículo 2.2.14.3.4 — 2.14.3.4. Instalación de la Misión. El Departamento Nacional de Planeación instalará de…

Decreto 1082 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.14.3.4. Instalación de la Misión. El Departamento Nacional de Planeación instalará de manera formal la Misión de Descentralización dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de la designación de todos los miembros que conformarán la Misión.

PARÁGRAFO. Si dentro del plazo establecido en el parágrafo 4 del artículo anterior no se comunica a la Secretaría Técnica la decisión de designación de alguno de los miembros, el Departamento Nacional de Planeación podrá instalar la Misión de Descentralización, siempre que se cuente con por lo menos ocho (8) de los miembros designados.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 1665 de 2021