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Artículo 2.2.2.1.12.7 — 2.2.1.12.7. Tiempo mínimo de la publicación . En caso de ser aprobada por la entidad…

Decreto 1082 de 2015
Modificado 3 conceptos de CCE interpretan este artículo

Texto oficial

Artículo 2.2.2.1.12.7. Tiempo mínimo de la publicación . En caso de ser aprobada por la entidad estatal una iniciativa privada que no requiera desembolso de recursos públicos a las que se refiere el artículo 19 de la Ley 1508 de 2012, dicha entidad publicará en la página web del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) el acuerdo de la iniciativa privada, los estudios y la minuta del contrato y sus anexos por un término de seis (6) meses.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 1974 de 2019

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3 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 2.2.2.1.12.7 de la Decreto 1082 de 2015. Los más relevantes:

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