Artículo 2.2.4.1.2.1.4. Derogado.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.2.4.1.2.1.4. Ajustes al anexo de proyectos del proyecto de presupuesto del sistema general de regalías. De conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 88 de la Ley 1530 de 2012, el otorgamiento de aval por el Ministro de Hacienda y Crédito Público para ajustar el anexo en el cual se detallan los proyectos de inversión para las asignaciones a los fondos y beneficiarios del proyecto de ley de Presupuesto del Sistema General de Regalías, durante el trámite del mismo en el Congreso de la República, se adelantará adicionando los proyectos contenidos en este.El otorgamiento de dicho aval, no podrá modificar los proyectos priorizados por los órganos colegiados de administración y decisión, y deberá corresponder a proyectos de inversión previamente viabilizados y registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías.(Decreto 1949 de 2012, artículo 29)TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)
Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 31/12/2020