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Artículo 2.2.4.1.2.2.21 — 2.4.1.2.2.21. Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Artículo 2.2.4.1.2.2.21. Ajustes…

Decreto 1082 de 2015
Derogado

Texto oficial

Artículo 2.2.4.1.2.2.21. Derogado.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Artículo 2.2.4.1.2.2.21. Ajustes al cierre presupuestal del capítulo de regalías dentro del presupuesto de los beneficiarios y ejecutores . Con ocasión al cierre de que tratan los artículos 1° a 12 y 18 del Decreto 722 de 2015, en caso de existir diferencias que afecten las decisiones de los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) sobre la viabilización, priorización o aprobación de proyectos o la financiación de inflexibilidades de que trata el artículo 144 de la Ley 1530 de 2012, la secretaría técnica respectiva debe informar a las entidades beneficiarias o ejecutoras para que se tramiten los ajustes pertinentes ante el OCAD.Una vez aprobados los ajustes por el órgano colegiado, los beneficiarios y ejecutores del presupuesto del bienio 2013-2014 modificarán su capítulo presupuestal independiente para el bienio 2015-2016.(Decreto 722 de 2015, artículo 14)
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 31/12/2020