Artículo 2.2.4.1.2.9.3. Derogado.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.2.4.1.2.9.3. Administración de la plataforma integrada del sistema. La plataforma integrada del Sistema General de Regalías será administrada por la Comisión Rectora, quien fijará las condiciones, características y estándares de calidad de la plataforma.La Comisión Rectora expedirá un acuerdo en el que establecerá el método mediante el cual se unificará la información que presenten los diferentes actores que alimenten la plataforma.(Decreto 1949 de 2012, artículo 70)TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)
Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 31/12/2020