Texto oficial
Artículo 2.2.4.2.3.2. Socialización y divulgación de información. Las secretarías técnicas de los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) deben hacer pública y mantener actualizada a través del canal dispuesto en el menú principal del sitio web de la entidad que ejerza esta labor, y fijar en un lugar público visible, la siguiente información:
1. Listado con la identificación de los miembros del órgano colegiado de administración y decisión (OCAD) y los actos administrativos de delegación si hubiere lugar a ello.
2. Convocatoria a los miembros e invitados permanentes del órgano colegiado de administración y decisión (OCAD), actas y acuerdos de las diferentes sesiones del OCAD.
3. Relación de proyectos presentados, viabilizados y aprobados por el órgano colegiado de administración y decisión (OCAD), así como, el ejecutor designado para los mismos.
Para los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) regionales, dicha información se debe divulgar y mantener actualizada a través del canal dispuesto en el menú principal del sitio web y en un lugar público visible del departamento que ejerza como secretaría técnica. En los demás departamentos que lo conforman, se dispondrá de un vínculo a la página web del departamento sede de dicha secretaría.
Las entidades públicas designadas por los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD), como ejecutores de los proyectos deben divulgar en sus respectivas páginas web y en un lugar público el avance en la ejecución física y financiera del proyecto, así como los aspectos relevantes que estén afectando el desarrollo del mismo.
(Decreto 414 de 2013, artículo 26)