NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.4.2.3.3

Artículo 2.2.4.2.3.3 — 2.4.2.3.3. Reportes a organismos de control. Cuando en el ejercicio de la labor de…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.4.2.3.3. Reportes a organismos de control. Cuando en el ejercicio de la labor de monitoreo, seguimiento, control y evaluación se evidencien hechos que afecten el uso eficaz y eficiente de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR), o contraríen la normatividad de este, se debe proceder con el registro y documentación de los mismos para adelantar los procedimientos preventivos, correctivos y sancionatorios a que haya lugar y su posterior envío a los respectivos organismos de control y a la Fiscalía General de la Nación, según corresponda y cuando ello fuere procedente.

(Decreto 414 de 2013, artículo 27)