Artículo 2.2.6.1.1. Sistema Unificado de Inversión Pública. El Sistema Unificado de Inversión Pública (SUIP) está constituido por el conjunto de lineamientos, metodologías, herramientas informáticas, procesos y procedimientos para la gestión de la inversión pública orientada a resultados. Este involucra todas las fuentes de recursos que financian proyectos de inversión pública y tiene como propósito contar con información centralizada, unificada y de calidad, que contribuya al fortalecimiento de los informes asociados a la inversión pública y a la rendición de cuentas a la ciudadanía.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Sustituido Artículo 1.- DECRETO 2104 de 2023LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.2.6.1.1. Sistema Unificado de Inversión Pública . A través del Sistema Unificado de Inversión Pública se coordinarán los procesos y operaciones que deben surtir las entidades a las cuales aplica el presente capítulo, para la formulación, evaluación previa, registro, programación, ejecución, seguimiento y evaluación posterior de los proyectos de inversión, con el propósito de contar con la información necesaria para la adopción de decisiones y presentación de informes asociados a la inversión pública.(Decreto 2844 de 2010, artículo 1°)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 04/12/2023