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Artículo 2.2.6.1.7 — 2.6.1.7. Proyectos de inversión pública. Los proyectos de inversión pública contemplan…

Decreto 1082 de 2015
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Texto oficial

Artículo 2.2.6.1.7. Proyectos de inversión pública. Los proyectos de inversión pública contemplan actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción o de provisión de bienes o servicios por parte del Estado, y se clasifican de acuerdo con los lineamientos que defina el DNP.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Sustituido Artículo 1.- DECRETO 2104 de 2023

Doctrina de Colombia Compra Eficiente sobre este artículo

1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 2.2.6.1.7 de la Decreto 1082 de 2015. Los más relevantes:

  • C-983 de 2024 C-983 de 2024
    DESAGREGACIÓN TECNOLÓGICA · 30 de diciembre de 2024