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Artículo 2.2.7.3.2.11 — 2.7.3.2.11. Socialización de los resultados de la evaluación. Una vez se haya aprobado…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.7.3.2.11. Socialización de los resultados de la evaluación. Una vez se haya aprobado por parte del Departamento Nacional de Planeación (DNP) el producto con los resultados y recomendaciones de la evaluación, se deberá coordinar su presentación a las direcciones técnicas del Departamento Nacional de Planeación (DNP) y las entidades involucradas que sean definidas por el Comité Técnico de Seguimiento y la entidad ejecutora de la intervención evaluada.

Parágrafo. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) enviará los resultados y recomendaciones de la evaluación a las autoridades competentes, a efectos de que sirvan como insumo en los procesos de toma de decisiones en temas presupuestales.

(Decreto 1290 de 2014, artículo 35)